Como cada año, ya están aquí la primavera, las alergias y la declaración de la renta. Comencemos a buscar las gafas de sol, los pañuelos de papel, los antihistamínicos y la documentación necesaria para rendir cuentas con Hacienda. Es importante no dejar para el último momento las gestiones a realizar para evitarnos estreses y dolores de cabeza innecesarios.
El pasado 5 de abril empezó la campaña de la Renta de 2016 con la principal novedad de la desaparición del programa Padre.
Las fechas clave a tener presente para el trámite son:
- 5 de abril de 2017:se inicia el periodo para solicitar el borrador y presentar la declaración de la Renta y Patrimonio de 2016.
- 26 de junio de 2017:fin del plazo de las declaraciones con resultado a ingresar con pago domiciliado.
- 30 de junio de 2017:fin del plazo de presentación de las declaraciones.
No todos los contribuyentes tienen la obligación de presentar la declaración si cumplen ciertas condiciones. De todas maneras nuestra recomendación es realizar siempre el trámite y en función del resultado de la declaración decidir. Se dan casos en los que no estamos obligados a presentar la declaración pero ésta sale a devolver. El 75% de las declaraciones está previsto que salgan a devolver, es decir, que una mayoría de nosotros hemos pagado de más a Hacienda.
Es obligatorio declarar ciertos ingresos como:
- Ingresos del trabajo, actividades económicas y derechos de imagen
- Ingresos por intereses
- Devolución de cláusulas suelo por parte de los bancos
- Ciertas ayudas recibidas (como los planes PIVE para compra de vehículos)
- Operaciones de venta de acciones, fondos,…
Es también importante poder aplicar todas las deducciones que permita la ley para que el contribuyente no acabe pagando de más. Lo único bueno en este caso es que Hacienda no va a quejarse.
Para disponer del máximo de tranquilidad en las gestiones y garantías de que se han realizado todos los procedimientos de la forma correcta, os aconsejamos que no dejéis para el último momento la realización de la declaración y que os apoyéis en vuestro gestor de confianza a la hora de realizar este trámite.